Recomendaciones para alquilar vivienda en España o Colombia

Una vez llegues a tu nuevo destino en el exterior, y en caso de que decidas vivir por tu cuenta, una de tus principales prioridades será la consecución de una vivienda.

Es casi seguro que en un comienzo desees encontrar un piso/apartamento bonito, bien ubicado, cercano a los principales sitios de interés y con un alquiler económico, algo que será bastante improbable, pues un lugar que reúna todas estas características seguramente será costoso, especialmente en las grandes ciudades, lo que te llevará a ajustar tus expectativas con la realidad de lo que estás en capacidad de pagar.

Sin embargo, es recomendable que antes de iniciar tu viaje comiences a investigar acerca del mercado inmobiliario de tu nueva ciudad, a través de agencias inmobiliarias, páginas webs de sitios de alquiler, foros de expatriados, etc.

Además, respecto a la situación de alquiler de vivienda en España y Colombia, es importante que tengas en cuenta aspectos como:

España

El alquiler de una vivienda debe estar regido por un contrato firmado por las partes implicadas y debe detallar los derechos y obligaciones de propietarios e inquilinos.

Para el alquiler de un piso completo, los propietarios usualmente solicitan contrato de empleo, nóminas, declaración de la renta, saldo bancario u otro documento que demuestre la solvencia del inquilino. Además, suelen pedir uno o dos meses del alquiler como fianza/depósito y establecen la duración mínima del contrato (si no se acuerda un plazo, la ley española entiende que éste es de un año).

El alquiler generalmente incluye los gastos de comunidad/administración, limpieza de zonas comunes, portería, entre otros, mientras que los suministros de agua, electricidad, internet, etc., le corresponden al arrendatario.

Previamente debes consultar si el piso está amueblado o no, cómo es el servicio de gas, cuál es el sistema de calefacción, si la vivienda tiene servicio de internet o deberás contratarlo por tu cuenta, quién se encarga de las reparaciones, entre otros aspectos.

También, es recomendable comprobar las instalaciones de fontanería, electricidad, la presión de agua caliente, el estado de los electrodomésticos y de las persianas y recoger por escrito el estado en el que se encuentra la vivienda o habitación que vas a alquilar.

Si se trata de un piso/apartamento compartido con otras personas debes aclarar cuántas personas residen en la vivienda, cómo se dividen los gastos de luz, agua, calefacción, internet, etc; cuáles son las principales normas de convivencia, cuáles son las edades, ocupaciones y hábitos de los otros inquilinos, a fin de intentar establecer compatibilidades y posibles incompatibilidades.

Además, debes tener en cuenta que si el arrendatario quiere rescindir el compromiso adquirido tendrá que avisarte 30 días antes y si tu deseas dejar la vivienda, también deberás comunicárselo al propietario con 30 días de antelación.

Cuando el inquilino se marche recibirá la devolución de la fianza/depósito que entregó al propietario, siempre y cuando se constate que el inmueble ha quedado en buen estado y no hay deudas con las compañías de suministros.

Colombia

En Colombia la Ley 820 de 2003 regula el régimen de arrendamiento de vivienda urbana y consagra los derechos y obligaciones de arrendatarios en inquilinos. Esta norma también rige qué uso se le va a dar al inmueble, la duración del contrato, los términos del mismo, etc.

Ten en cuenta que para alquilar una vivienda en Colombia deberás proveer y acreditar información financiera, laboral y personal a la agencia inmobiliaria o al propietario de la vivienda, en caso de que se trate de una negociación directa.

Así, el inquilino deberá presentar su documento de identificación, estados de cuenta, extractos o certificados bancarios. Además, para acreditar la solvencia económica, los arrendatarios también suelen solicitar un certificado laboral donde conste el nombre de la empresa, cargo, salario, tiempo de servicio y las tres últimas nóminas del arrendatario.

En Colombia los propietarios suelen pedir un avalista/codeudor, quien también debe acreditar ingresos suficientes para asumir el pago del alquiler, en caso de ser necesario, y también se exige uno o dos meses de alquiler como fianza/depósito.

La ley 820 de 2003 contempla que, entre las obligaciones del inquilino están: pagar oportunamente el canon de arriendo como queda estipulado en el contrato, velar por el inmueble, el mantenimiento y el uso normal del mismo y hacer los arreglos correspondientes, si se presentan daños ocasionados por el mal uso de la vivienda.

Cualquiera que sea tu caso, recuerda que los expertos recomiendan comprobar que quien alquila la vivienda es realmente el/la propietari@ de la misma (a través de una nota simple solicitada en el registro de la propiedad) para evitarte malas experiencias y también aconsejan no destinar más del 35% de tus ingresos netos al alquiler, teniendo en cuenta que también deberás asumir los costes de agua, electricidad, internet, gas, etc.

¿Te has enfrentado a la búsqueda de vivienda en el exterior? ¿Qué consejo le darías a quien deba asumir esta experiencia?.

Advertisement

Leave a Reply

Fill in your details below or click an icon to log in:

WordPress.com Logo

You are commenting using your WordPress.com account. Log Out /  Change )

Facebook photo

You are commenting using your Facebook account. Log Out /  Change )

Connecting to %s